Guía de legalidad de la firma electrónica en Luxemburgo

Consulte los datos específicos de cada país sobre las leyes y reglamentos de firma electrónica.

Legalidad de la firma electrónica en Luxemburgo

Luxemburgo es miembro de la Unión Europea. Por lo tanto, la firma electrónica en Luxemburgo se rige por el Reglamento (UE) nº 910/2014, o eIDAS, que abarca la identificación electrónica y los servicios de confianza y que entró plenamente en vigor en 2016. eIDAS desarrolló un marco jurídico normalizado para la firma electrónica y otros servicios asociados en todos los Estados miembros de la UE.

eIDAS reconoce tres tipos de firmas electrónicas: Firma Electrónica Simple (SES), Firma Electrónica Avanzada (AdES) y Firma Electrónica Cualificada (QES). Cada tipo de firma tiene requisitos distintos y puede ser apropiada para diferentes situaciones.

Por ser la más segura y estricta de las tres, la EQS puede considerarse un equivalente válido de la firma manuscrita en condiciones adecuadas.

En 2020, Luxemburgo modificó su Ley de Comercio Electrónico de 2000 para asegurar su compatibilidad con eIDAS y gestionar las aplicaciones de eIDAS. El Código Civil luxemburgués también cuenta con disposiciones aplicables a la firma electrónica.

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